Requisitos para el apoyo de gastos funerarios del IMSS para víctimas de COVID-19

Los apoyos se podrán solicitar por internet a partir del próximo 2 de diciembre.

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Requisitos para el apoyo de gastos funerarios del IMSS para víctimas de COVID-19
Pixabay

Las familias que hayan tenido gastos funerarios por un integrante que haya fallecido por COVID-19 serán subsidiadas con apoyo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así lo dio a conocer el el secretario de Salud, Jorge Alcocer por órdenes del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

En lo subsecuente en cada núcleo familiar se entregará un apoyo para gastos funerarios de las personas fallecidas de COVID-19 como un apoyo directo a la población en la pandemia.

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Durante el informe semanal, Pulso de la Salud, que se lleva a cabo todos los martes desde Palacio Nacional, indicó que dicho apoyo será “solidario, universal y directo”.

“Indudablemente hemos sufrido todos en mayor o menor grado ante esta pandemia, nos duele mucho los fallecimientos y los estragos que ha dejado a nuestra población”, indicó el secretario de Salud.

Serán once mil 460 pesos los que entregará el IMSS como apoyo para gastos funerarios a personas que han perdido a un familiar por Covid-19, según informó el propio Zoé Robledo Aburto, director general de la dependencia.

Los requisitos para obtener este apoyo para solicitar el apoyo son: acta de defunción, una declaración de decir verdad y acreditar el parentesco.

Los pasos para obtener la ayuda de gastos funerarios son los siguientes:

  • Registrar datos de persona fallecida en el el portal http://deudoscovid.gob.mx
  • Registrar al beneficiario, o familiar que se hará cargo de las diligencias del funeral
  • Determinar medio de entrega de apoyo
  • Aceptar declaratoria
  • Generación de folio

El apoyo para gastos funerarios se dará sin importar la condición social de los solicitantes, si tiene o no seguridad social o la condición económica de quien lo solicite, aseguró Robledo Aburto.

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Para ser acreedor a este recurso económico se deberá acceder voluntariamente a una plataforma digital del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), y se tendrá como plazo un año para solicitarlo a partir de la muerte del paciente.

Podrá ser solicitado por el esposo, esposa o pareja, del finado; hijas o hijos o madre o padre. Solo será entregado un apoyo económico por persona extinta. Las solicitudes se empezarán a partir del miércoles 2 de diciembre.