¿Qué significa que la SCJN valide el uso lúdico de la marihuana en México?

El proyecto fue presentado por la ministra Norma Lucía Piñera, y se aprobó con ocho votos a favor.

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¿Qué significa que la SCJN valide el uso lúdico de la marihuana en México?
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Con ocho votos a favor y tres en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) sobre la prohibición del uso lúdico de la marihuana.

El proyecto presentado por la ministra Norma Lucía Piñera, marca la invalidación de cinco artículos de la Ley General de Salud que penalizan y prohíben de manera absoluta el consumo de marihuana con fines lúdicos.

“Hoy es un día histórico para las libertades, después de un largo camino la Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico recreativo de la marihuana”, señaló durante la sesión virtual el ministro presidente, Arturo Zaldivar, acorde con información de Radio Fórmula.

De acuerdo con Francisco Burgoa, la aprobación se dio luego de que de último momento el ministro Luis María Aguilar cambió el sentido de su voto, con lo que quedó validada la inconstitucionalidad.

Datos de Político MX destacan que se logró la mayoría calificada con los votos a favor de: Arturo Zaldívar, José Fernando Franco, Norma Lucía Piñera, Alfredo Gutiérrez, Javier Laynez, Juan Luis González, Ana Margarita Ríos y Luis María Aguilar.

¿Qué significa esta aprobación?

Luego de que se concedieran tres prorrogas al Poder Legislativo para la regulación del uso lúdico de la marihuana, la SCJN aprobó la citada declaratoria de inconstitucionalidad, por lo que este proyecto se turnará al Congreso de la Unión para continuar con la discusión de las iniciativas de esta regulación, las cuales deberán ser garantizada.

Con esto los ministros establecen que se debe regular el consumo de la marihuana con fines lúdicos, ya que de lo contrario se vulneran el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores.

Cabe destacar que esto no significa que no existan restricciones o legislaciones que establezcan las medidas con las que se tiene que cumplir, como que el consumo es solo para mayores de 18 años y que esta no se puede utilizar frente a menores de edad, ni terceros que no lo autoricen.

De acuerdo con datos de Forbes, mientras el Congreso de la Unión no legisle acerca del tema, la Secretaría de Salud tiene que dar autorización a mayores de edad a “a saber la adquisición, siembra, cultivo, posesión y transporte de cannabis”.

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