Ahora que el Frente Queretano por el Derecho a la No Discriminación y el Estado Laico solicitó que el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Felipe Fernando Macías Olvera, turne al pleno la llamada “Ley Ociel”, te decimos aquí un poco más sobre ¿qué es la Ley Ociel?
A raíz del fallecimiento de le magistrade Ociel Baena y su pareja Dorian Herrera, la primera diputada transexual en llegar al Congreso de la Unió, Salma Luévano (del partido Morena), junto con la sociedad civil y colectivas de la Diversidad Sexual y de Género, propuso la Ley Ociel Baena para sancionar los crímenes de odio.
La iniciativa propone adicionar el artículo 315 al Código Penal Federal, que definiría los crímenes de odio por orientación sexual o identidad de género como “los delitos que se cometan contra una persona por su orientación sexual o identidad de género, cuando el móvil de la conducta sea discriminar o perseguir a la víctima por su condición”, dijo Luévano.
¿Cuál sería la sanción con la Ley Ociel?
Se establecería la pena máxima para este delito, por lo que la sanción podría ser de 40 a 60 años de prisión en el caso de homicidios por orientación por sexual, identidad de género, etcétera, los cuales serían los criterios para inferir motivación por crimen de odio.
La Ley Ociel Baena tiene como objetivos principales:
Prevenir asesinatos o agresiones hacia miembros de la comunidad LGBTQI+ y otras minorías.
Legislar para garantizar la protección de los derechos humanos de las personas lesbianas, gay, bisexual, transgénero e intersexuales.
Investigar crímenes con perspectiva de diversidad sexual.
Entres los estados que están avanzando en este tema se encuentran, Baja California, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango y Estado de México.
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