Congreso de Zacatecas prohíbe las terapias de conversión

Las terapias de conversión son prácticas que violentan los derechos humanos.

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El Congreso de Zacatecas avaló reformas al Código Penal del estado para prohibir las llamadas “terapias de conversión”, prácticas que en contra de los derechos humanos buscan cambiar la identidad, expresión o preferencia sexual de los individuos.

En un comunicado, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) señaló que la aprobación de la iniciativa propuesta por la legisladora Frida Alejandra Esparza se dio con 21 votos a favor.

Esta reforma al artículo 182 Bis en materia de discriminación determina la sanción de terapias de conversión, las cuales engloban sesiones psicológicas, psíquicas, métodos o tratamientos que busquen modificar u obstaculizar las diversidades.

Se estableció que la sanciones a quienes provoquen o inciten al odio o la violencia por razones de etnia, raza, color, idioma, preferencia u orientación sexual, entre otros serán sancionados con uno a tres años de prisión, o hasta 300 días de trabajo comunitario y una multa de cincuenta a doscientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

Lo mismo que quienes impartan, promuevan, ofrezcan, sometan u obliguen a otras personas a recibir las citadas terapias.

A través de redes sociales, internautas celebraron la determinación en favor de los derechos de la comunidad LGBT+, así como de otros grupos vulnerables, al referirse a las sanciones por crímenes de odio.

Asimismo, en la sesión se aprobó la tipificación de los crímenes de odio con sanciones d ellos 20 a 40 años de prisión, por lo que delitos como el homicidio y las lesiones también podrán ser calificados cuando se cometan por motivo de odio.

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