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Ley Agnes entra en vigor en Puebla

A partir de hoy las personas trans podrán solicitar su cambio de identidad género.

Ley Agnes
Foto: Twitter/@EstefaniaRodSan

Luego de que el pasado 25 de febrero el Congreso del Estado de Puebla aprobó en lo particular y en lo general la llamada “Ley Agnes”, la cual fue publicada en el Periódico Oficial de la entidad federativa, a partir de hoy, las personas trans podrán iniciar su trámite para el reconocimiento legal de su identidad género.

Con esto se garantiza a quienes forman parte de esta comunidad en dicho estado su derecho al reconocimiento legal de identidad de género autopercibida, con lo que podrán realizar la modificación de documentos oficiales, sin la necesidad de presentar ningún tipo de acreditación, ni bajo ninguna condicionante.

La Secretaría de Gobernación de Puebla, a través de su cuenta de Twitter, publicó una fotografía en la que se observa a las primeras personas trans que realizaron el trámite, cargando sus actas de reconocimiento de identidad de género autopercibida.

REDefine Puebla, celebró en sus redes sociales el inicio de las operaciones de la “Ley Agnes”, y señaló que este logró es el resultado de la lucha histórica, sobre la que agradeció a quienes les permitieron “caminar de su lado para que esto fuese realidad”.

En tanto, la presidenta de la comisión de derechos humanos del congreso local indicó que Gabriela Chumacero, fue una de las primeras en recibir su acta de reconocimiento de identidad y señaló que “la lucha, las lagrimas y la vida están aquí”.

En la página gubernamental Ventanilla Digital Puebla se detalla la información para solicitar una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género autopercibida. Entre los requisitos se encuentran:

  • Tener 18 años cumplidos o más.
  • Haber sido inscrito el registro de nacimiento primigenio en cualquier Juzgado de la circunscripción territorial del Estado de Puebla.
  • Acudir personalmente al Juzgado donde se realizó el registro de nacimiento primigenio.
  • Que el acta primigenia se encuentre en el sistema de impresión de actas (SIDEA).
  • Copia fiel del libro de origen certificada del acta de nacimiento, con una vigencia no mayor a un año de expedición.
  • CURP certificada.
  • Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de elector, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar).
  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
  • Dos testigos con identificación oficial vigente.

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