Para continuar haciendo tus operaciones desde las aplicaciones de tu banca móvil, deberás activar la geolocalización, un dato que los bancos tienen la obligación de recopilar a partir del 23 de marzo para adjuntarlos en las carpetas de cada usuario.
La Asociación de Bancos de México se ha encargado de oficializar este hecho y a través de un comunicado informan que el propósito de esta nueva medida es para cumplir con el marco legal de la materia de Prevención de Lavado de Dinero y Combate al Financiamiento del Terrorismo.
Bancos pedirán geolocalización obligatoria para usar servicios digitales. Al respecto, Rodrigo Brand, presidente ejecutivo de la @AsocBancosMx, aclaró que “estos datos personales están normados; buscamos autentificar la operación”. #GanadoresyPerdedores con @SuSaenz. pic.twitter.com/H7CO8ioWrZ
— El Financiero TV (@ElFinancieroTv) March 18, 2021
Medida para combatir el lavado de dinero
Sin embargo, esta medida no es nueva ya que desde hace dos años fue el Congreso el que se encargó de aprobar reformas a los bancos para que recopilaran los datos de geolocalización en tiempo real de los clientes o usuarios que abren cuentas, firman contratos o realicen cualquier tipo de operación, de acuerdo con Xataka.
En todos los casos, se debe acordar la ubicación geográfica, por lo que a menos que hayan otorgado permiso, es probable que las notificaciones comiencen a llegar a los usuarios del banco digital dentro de esta semana para otorgarles la ubicación del dispositivo que utilizan para realizar operaciones en tiempo real a partir de ese momento.
Comunicado de prensa. Para seguir disfrutando los servicios de los bancos a través de canales digitales, a partir del 23 de marzo de 2021, previo a la apertura de cuentas, celebración de contratos y la realización de operaciones o servicios de forma remota, pic.twitter.com/RruTEVXU9W
— Asociación de Bancos de México (@AsocBancosMx) March 18, 2021
La ley en cuestión es la Ley de Instituciones de Crédito que fue reformada en 2019. Específicamente, la ley del artículo 115 establece nuevas obligaciones y fija un período máximo de funcionamiento de dos años; esos 24 meses se cumplirán el 23 de marzo. En la carta, la reforma publicada en el DOF dice lo siguiente:
“[Las Entidades]deberán requerir y obtener de sus Usuarios, previo su consentimiento, la Geolocalización del Dispositivo desde el cual el Usuario celebre la Operación, así como su correo electrónico. Las Entidades no deberán celebrar Operaciones con Usuarios de forma no presencial, cuando no recaben el dato relativo a la Geolocalización”
Los bancos deben establecer modelos de riesgo para sus clientes, que deben incluir datos como volumen de sus operaciones, frecuencia de operaciones, número de contrapartes, origen y destino de los recursos, manejo de efectivo en la cuenta y ubicación geográfica del equipo utilizado por el cliente.
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