Un juzgado mexicano emitió una importante resolución el pasado lunes 8 de marzo, que sentará un precedente fundamental para la era de los medios digitales intensivos en información. Esto se debe a que limita a las grandes empresas internacionales que han dominado las redes sociales en las últimas décadas para que asuman la responsabilidad civil por daño moral.
Entre los competidores se encuentran los famosos abogados mexicanos Ulrich Richter Morales y Claudia Ramirez Tavira, quienes demandaron a la empresa con el motor de búsqueda líder en el mundo: Google Inc.
Su demanda es conocida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual confirmó que la multinacional puede ser juzgada en México por los reclamos realizados en el territorio dentro del país, de acuerdo con la información de El Financiero.
#LaCuartaTransformación
El juez 10 Civil de la CDMX dará a conocer hoy la sentencia definitiva del juicio ordinario civil bajo el número de expediente 359/2018, seguido por el afamado litigante @UlrichRichterM contra el gigante tecnológico Google.https://t.co/Y7fKQTGfYF pic.twitter.com/wSr7AeP827— Darío Celis (@dariocelise) March 8, 2021
Los encargados de representar a Google fueron abogados del despacho González Calvillo, de Enrique González Calvillo, con la representación de los abogados Jorge Mondragón, Edgar Grajeda, Ana Rosa Bobadilla y Daniel Morán.
El caso
Luego de cinco años de litigio, el Juzgado 10 Civil de la Ciudad de México, condenó a Alejandro Gutiérrez Torres y Google en un juicio preliminar o sentencia en el Documento No. 359/2018. Esta persona creó el blog “Ulrich Richter Morales y sus chingaderas a la patria“y lo subió al motor de búsqueda, y ahora están obligados a reparar el daño mental causado al abogado.
Sin embargo, en el caso de Google, su responsabilidad aterriza en su negligencia de eliminar dicho blog de la plataforma de su propiedad, Blogger, aunque Ulrich Ritcher Morales ya había hecho una solicitud.
El blog utiliza su nombre y retrato para imitar la identidad del litigante, pretendiendo que era el autor de dicho contenido que invitaba a cometer delitos, como el lavado de dinero. Incluso se reemplazó el título de la portada de “Manual del poder ciudadano” a “¿Cómo lavar dinero?”, lo cual viola la propia política de contenido de Google.
Además de Google Inc., Google México S. de R.L. de C.V. y Lino Cataruzzi, quien era el director general de Google México, también fueron demandados; no obstante, se puede decir que tuvieron mejor suerte que Google Inc.
Este precedente es significativo en esta era digital porque establece el estándar de responsabilidad por acciones negligentes de los gigantes tecnológicos en el funcionamiento de sus redes o plataformas sociales.
El hecho es que la falta de derechos de autor del material no les resta responsabilidad por el daño psíquico que se les cause, pues habrá que responsabilizarlos de sus pecados u omisiones, lo que cobra aún más importancia en los juicios involucrados.
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