
Imagínate esta situación: estás en pleno momento íntimo con tu pareja, confías en que están tomando las precauciones necesarias y usando un condón para protegerse. Pero, de repente, te das cuenta de que el condón ha desaparecido sin previo aviso. ¿Qué está pasando? Pues bien, esto es lo que se conoce como “stealthing”, una práctica sexual en la que una persona decide quitarse el preservativo sin el consentimiento de su pareja. Y sí, aunque no lo creas, esta acción podría convertirse en un delito en nuestro país.
El stealthing es considerado una forma de agresión sexual y una violación a la autonomía de la pareja. No solo eso, sino que también conlleva graves riesgos para la salud. La abogada Alexandra Brodsky, en un estudio realizado en la Universidad de Columbia, destaca que los jóvenes son los más propensos a realizar este acto irresponsable. Pero lo más preocupante es que, actualmente, en México no existe una legislación específica que aborde este tipo de violencia.
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Sin embargo, algunas iniciativas han surgido para cambiar esta situación. En enero de 2021, el diputado Espinoza Cárdenas, del partido Movimiento Ciudadano, presentó una propuesta de reforma ante el Congreso de la Unión. Esta iniciativa busca modificar el artículo 199 BIS del Código Penal Federal para sancionar con hasta ocho años de prisión y multas a quienes no utilicen o se quiten el condón sin el consentimiento de su pareja.
Pero las acciones no se quedan ahí. En 2022, el senador Mario Zamora, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), también presentó una iniciativa para abordar el stealthing. En su propuesta, Zamora busca adicionar un quinto párrafo al artículo 260 del Código Penal Federal, donde se establecería como delito de abuso sexual el retirar algún método anticonceptivo sin consentimiento durante el acto sexual. Esto acarrearía una pena de seis a diez años de prisión.
El senador argumenta que en México existe una especie de laguna legal en relación al stealthing, ya que los conceptos de violación sexual, abuso sexual y peligro de contagio no abordan específicamente esta práctica. Por ello, considera necesario establecer medidas claras que protejan la libertad y los derechos sexuales de las personas.

Además, se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 276 BIS, que contempla el pago del tratamiento médico en caso de poner en peligro la salud de otra persona a través de los delitos mencionados anteriormente. Así, se busca una reparación del daño integral para las víctimas de stealthing.
Si bien estas iniciativas están en proceso de análisis y discusión, es importante concienciar sobre el tema y fomentar el respeto en las relaciones sexuales. El stealthing es una violación a la confianza y a la integridad de las personas, y debe ser tratado con seriedad. Estaremos atentos a los avances legislativos y a la protección de los derechos sexuales en nuestro país.
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