Senado aprueba ley que prohíbe pruebas cosméticas en animales

Las modificaciones establecen penas de dos a siete años en prisión a quien viole la legislación.

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Foto: Pixabay

Por unanimidad, con 103 votos a favor, el Senado de la República aprobó reformas a la Ley General de Salud para prohibir las pruebas cosméticas en animales.

La modificación establece que no se podrán fabricar, importar ni comercializar productos cosméticos en los que en su formula final medien o se hayan mediados pruebas en animales.

Además, determina que también se incluyen como parte de esta prohibición aquellos que contengan ingredientes o combinaciones para cuya creación se hayan realizado ese tipo de pruebas cosméticas.

Las reformas también señalan que a quien contrate, autorice, conduzca, participe o desarrolle pruebas cosméticas en animales se le sancionará con dos a siete años de prisión y una multa equivalente de 200 a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Se recalca que para garantizar el derecho a la información del consumidor, los productos y artículos cosméticos podrán señalar como parte de su etiquetado que para su fabricación no se realizaron pruebas animales.

El dictamen resalta que en el mundo más de 500 mil animales son torturados y mueren anualmente debido a estas prácticas de laboratorio que se usan para producir champú, labiales, mascara de pestañas, entre otros productos.

El proyecto aprobado en lo general y particular por el Senado, tras los cambios de la Cámara de Diputados, fue presentado en abril de 2019 por el senador Ricardo Monreal Ávila, quien calificó la aprobación como histórica.

En esta línea, al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Salud, Américo Villarreal, apuntó que México forma parte de instrumentos internacionales en favor de los derechos de los animales que resaltan que el desprecio y desconocimiento del hombre ocasiona que cometa crímenes contra otras especies.

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